SENTENCIA CONTRA ADEVIF

 LA SENTENCIA.



La sentencia nos obliga a poner la siguiente rectificación sobre el punto anterior tal y como la redacto Carlos Javier Galán.
                                  Rectificación del aludido según ley organica 2/1984

Acogiéndome a lo dispuesto en la ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, deseo manifestar lo siguiente:
1º) A pesar de lo que sugiere el titular, no he realizado la menor alusión al compañero Santiago Landete. Me he limitado a dar una opinión crítica sobre la actuación de esa entidad, que se configura legalmente como asociación de afectados.
2º) Es falso que yo haya dejado nunca pasar ningún plazo judicial relacionado con una víctima de estafa. Es rotundamente falso, asimismo, que nadie haya sido desahuciado por este motivo. La queja a la que se hace referencia, manifiestamente infundada, fue archivada el pasado 18 de mayo 2015 por el departamento de deontología Profesional del Colegio, por no acreditados los supuestos hechos.
3º) Es también falso que se me echara de la asociación ADEVIF, a la que nunca he pertenecido como socio. Fui yo quien, tras una intensa labor, presente por escrito el 24 de junio de 2014 mi renuncia al cometido que venía desempeñando gratuitamente de asesor legal de la misma. No solo no se me ceso sino que, por parte del presidente de la asociación, se me pidió de forma reiterada e inequívoca, verbalmente y por escrito, que continuara en el mismo. Si se me libera del deber de sigilo profesional no tendría inconveniente en que se hicieran las comunicaciones de un y de otro.
4º) Es también mentira que no se hubiera interpuesto ninguna denuncia o querella contra estafadores durante mi etapa de asesor legal de ADEVIF.es público y notorio que interpuse decenas de acciones penales y de oposiciones a ejecuciones hipotecarias y que se consiguió que ni un solo de los afectados fuera desahuciado en aquella etapa.
5º) La denuncia que interpuso ADEVIF ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional en noviembre de 2013 fue redactada, desde la primera hasta la última línea, íntegramente por este letrado, que también recopiló la totalidad de la copiosa documentación que la acompañaba.
6º) Jamás he manifestado, ni por escrito ni de ningún otro modo, que los asuntos relacionados con estafas en préstamos no bancarios me vinieran “grandes”. Les invito a mostrar ese supuesto escrito. Creo que mi actuación profesional en materia, públicamente conocida, es elocuente por sí misma.

                                                          Carlos Javier Galán

                                                                           Abogado

ACLARACION A LA SENTENCIA.


LA ENVIDIA DE CARLOS GALÁN A SANTIAGO LANDETE

LAS MENTIRAS DE CARLOS GALÁN


Mi abrazo a activistas antidesahucios detenidos. Mi desprecio a pseudoasociación @estafadosincasa por engaño a víctimas como#CarmenSeQueda

Resulta curioso que Carlos Galán, que tiene una queja en el colegio de abogados de Madrid ,por dejar pasar los plazos judiciales a víctima de estafa y por su negligencia ha sido desahuciada de manera precipitada hace un mes y medio, de lo cual ha callado Carlos Galán. Por eso resulta raro que realice unas afirmaciones que son falsas con la relación a la asociación y el caso de Carmen. Por lo que se le requiere que justifique en que ha consistido el engaño o se retracte de lo afirmado.

Este abogado fue echado de la asociación ADEVIF,por que nunca a puesto una denuncia o querella contra ningún estafador.Ademas se adjudico el trabajo de compañeros abogados cuando se puso la denuncia en la fiscalia de la Audiencia Nacional contra Antonio Arroyo.No es penalista es laboralista. Reconoció por escrito que esto de las estafas se le hacia grande.

RAFAEL POZO FERNÁNDEZ

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Como se ve en la sentencia la jueza no hace referencia a esta declaraciones de Carlos,presuntamente se podría decir que la sentencia fue para salvarte el propio c--o Carlos Galán ya que esta sentencia realmente favorece a ADEVIF y demuestra el acoso de este abogado hace sobre esta asociación ya que esta demostrado que ADEVIF y ningún socio jamas han echo una declaración ni en favor ni en contra de este señor.pero todos pueden ver de que es el que durante mucho tiempo arremete contra ADEVIF. y denuncio a ADEVIF por lo que esta en rojo que fue lo único que se le contesto en contestación a sus acusaciones constantes contra ADEVIF. Como comprobaran esto es su blog lo oculta y lo esconde juzguen ustedes mismos.

 Si con esta contestación que no hizo ADEVIF,fue condenada,pues ¿el que les caerá a Carlos Galán y al presidente de la asociación que el asesora? con semejantes acusaciones,calumnias,injurias etc.





El Juzgado de Primera Instancia nº 74 de Madrid ha dictado sentencia por la quecondena a la asociación denominada ADEVIF (Asociación de Estafados VíctimasFinancieras)presidida por Rafael Pozo Fernández, a publicar íntegramente un escritode rectificación, en relación con hechos en los que aludía en términos difamatorios al director de nuestro despachoCarlos Javier Galán
La citada entidadformalmente constituida como supuesta "asociación de víctimas" depréstamos de capital privadovertía diversas falsedades sobre el letradoque hadestacado en los últimos años precisamente por su actuación jurídica y su denunciapública de las tramas de estafas en préstamos no bancarios
El abogado aludidopara no entrar en polémicas estérilesni siquiera ha queridoejercer una acción de protección de derecho al honor o interponer una querella porinjuriassino que simplemente se acogió al derecho de rectificación regulado en la LeyOrgánica 2/1984 y pidió a esta asociación que publicara también su versión sobre los hechos que consideraba inexactos,recibiendo la callada por respuesta, lo que le obligó a acudir al amparo judicial. 
En el juicioADEVIFdefendida por el letrado Santiago Landetevolvió a negarse de plano a cualquier acuerdo al respecto, a pesarde los ofrecimientos de nuestro letrado en este sentido, lo que obligó al demandante a ratificarse en la demanda y seguir adelantecon la pretensión
La Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 74 de Madrid ha dictado finalmente sentencia por la que considera que lopublicado "no puede reputarse exento de la acción de rectificación por exceder, lo vertido en la publicación, de una mera opinión,constituyendo una imputación de hechos que perjudican su buen nombre profesional", mientras que ADEVIF no ha probado enmodo alguno "la veracidad de los hechos que imputa al actor". 
Por elloestima íntegramente la demanda interpuesta por Carlos Javier Galán y condena a ADEVIF a "la publicación íntegra de larectificación solicitada", que deberá hacerse "con la misma relevancia e idéntico tratamiento que el otorgado a la información cuya

Alberche Área Jurídica pertenece a Carlos Galán que es donde le hacíamos las transferencias bancarias a sus honorarios jurídicos,Todos aquellos que deseen fotocopias de las pruebas que dice la sentencia que no presentemos les mandaremos copia.Como van viendo por esta contestación , propios juristas han dicho que esta denuncia jamas se tenia que haber cogido y tirado a la papelera y que la jueza se tenia que haber dedicado a temas mas importantes que esta chorrada.ya que nadie ve nada en estas declaraciones que hizo el socio de ADEVIF y sin en cambio en las declaraciones de Galn si hay delito´.

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